NAVARRA: ¿Está obligado a declarar en Sociedades?
Ahora que la campaña de Sociedades ha comenzado, le interesará conocer si tiene que presentar autoliquidación.
Los contribuyentes que tributen a la Hacienda Tributaria de Navarra están obligados a presentar una autoliquidación por Sociedades en el lugar y en la forma que se determinen.
¿Quién está obligado?
Deben cumplir esta obligación:
- Las personas jurídicas, las sociedades agrarias de transformación y las sociedades civiles con objeto mercantil.
- Los grupos fiscales que tributen en el régimen especial de consolidación fiscal.
- Determinadas entidades sin personalidad jurídica. Por ejemplo, las UTEs, los fondos de pensiones, los fondos de inversión, los fondos de capital-riesgo y otras.
- Las entidades parcialmente exentas. Están obligadas a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas, a excepción de los partidos políticos que tienen que declarar exclusivamente las no exentas.
¿Quién no está obligado?
No tienen esta obligación:
- Las entidades exentas.
- Las entidades parcialmente exentas y los partidos políticos, que apliquen en Sociedades el régimen especial, si sus ingresos totales no superan los 100.000 euros anuales, y sus ingresos de rentas no exentas sin retención no son superiores a 25.000 euros anuales.
-
PAÍS VASCO: Sepa si puede deducir sus provisiones
Veamos los criterios básicos a tener en cuenta para no tener problemas con Hacienda.
-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Qué son los pasivos ficticios?
Algunas empresas ocultan ingresos declarando deudas inexistentes. Esta práctica puede acarrear importantes sanciones.
-
PAÍS VASCO: ¿Cómo se cuenta el plazo para declarar en Sociedades?
Aclaremos cómo debe computarse el plazo. Depende de si el ejercicio coincide con el año natural o no.